BIENVENIDOS

Estimados Amigos y Amigas, como es del conocimiento de todos ustedes, el Partido ha venido experimentando una serie de cambios, propios de una refundación , motivo por el cual se modifica el nombre , estatutos, y logotipo del mismo.

Pero la misión de este Blogs, de mantener comunicados a todos los Simpatizantes y militantes del hoy PMC, Partido Movimiento Ciudadano, continua.

Hoy este espacio se abre pues a la ciudadanía en general, para que nos envíe, información ,comentarios o notas para publicarlas.

Recordandoles que esta es una paltaforma de divulgación de todas aquellas acciones que realiza el Partido desde los diferentes niveles;Nacional, Estatal y Municipal.

De ahí pues que resulta por demás importante la participación de ustedes en este espacio, seran bienvenidos todas aquellas aportaciones que vengan a enriquecer el contenido del mismo.







viernes, 8 de julio de 2011

EMITE EL CDE DE CONVERGENCIA SONORA CONVOCATORIA


CONVERGENCIA


C O N S I D E R A N D O

Que el Consejo Nacional en su Trigésima Cuarta Sesión del 24 de junio del 2011, con base en las
atribuciones que le confiere el artículo 13 numeral 1, de los Estatutos, así como del 21, numeral 10 del Reglamento del Consejo Nacional y de los Consejos Estatales, aprobó la convocatoria a la Tercera Asamblea Nacional Extraordinaria con el objetivo de llevar a cabo una reforma integral y profunda de la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos que permitan crear un gran Movimiento Ciudadano progresista que facilite acercar a todas las organizaciones,
movimientos, y ciudadanos con pensamiento y postulados afines; y establecer una nueva constitución de sus órganos de dirección, que impulsen las formas que exige la ciudadanía para abordar los problemas económicos, políticos y sociales del país, mediante la abierta participación social, con el propósito de dar un Nuevo Rumbo a la Nación.
Que con base en el Acuerdo tomado por el Comité Ejecutivo Nacional de fecha 25 de junio de 2011 para atenderla Convocatoria a la Tercera Asamblea Nacional Extraordinaria y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 numeral 5, 16 numeral 3 incisos c) y t), 17 numeral 3 incisos h) y s), 18 incisos f) y k), 29 numerales 1y 2, de los Estatutos y de los artículos 23, 24, 35 del Reglamento de Elecciones de Convergencia y demás relativos y aplicables de los ordenamientos citados; con la finalidad de ampliar, consolidar y fortalecer la capacidad de lucha democrática de nuestro partido, el Comité Ejecutivo Nacional expide la presente:


CONVOCATORIA

A LAS ASAMBLEAS DE DISTRITOS ELECTORALES FEDERALESEN CABECERA DISTRITAL MUNICIPAL EN EL ESTADO DE SONORA

De conformidad con las siguientes

BASES

Primera. Se convoca a los militantes de Convergencia, a las ASAMBLEAS DE DISTRITOS ELECTORALES FEDERALES EN CABECERA DISTRITAL MUNICIPAL en SAN LUIS RIO COLORADO, NOGALES, HERMOSILLO, GUAYMAS, CIUDAD OBREGON y NAVOJOA en el Estado de SONORA, las cuales se desarrollarán conforme a las bases que se señalan en esta Convocatoria.

Segunda. Son delegados a la Asamblea:
a) Los miembros del Comité Municipal de la cabecera del distrito electoral federal.
b) Los Comisionados Municipales.
c) 1 Delegada electa por el Movimiento de Mujeres.
d) 1 Delegado electo por el Movimiento de Jóvenes.
e) 1 Delegado electo por el Movimiento de Trabajadores y Productores.
f) Los militantes que asistan de los municipios que integran el distrito electoral federal.

Tercera. Las Asambleas se realizarán de la siguiente manera:
a) En los casos de los distritos electorales federales cuya jurisdicción comprende dos o más municipios, se constituirá una sola Asamblea, en la cabecera municipal de distrito, a la que asistirán los delegados que comprenden los municipios que la integran.
b) En el caso de un distrito electoral federal cuya jurisdicción comprende un solo municipio, se constituirá una Asamblea, a la que asistirán los delegados del propio municipio.
c) En los casos de que dos o más distritos electorales federales cuya jurisdicción comprende un solo municipio, se constituirá una sola Asamblea, a la que asistirán los delegados del propio municipio.
d) En los casos de dos o más distritos electorales federales que tengan la misma cabecera municipal cuya jurisdicción comprende dos o más municipios, se constituirá una sola Asamblea en la cabecera municipal, a la que asistirán los delegados que comprenden los municipios que lo integran.

Cuarta. La Comisión Nacional de Elecciones, es el órgano responsable de organizar, vigilar y validar el procedimiento que norma la Convocatoria a la Tercera Asamblea Nacional Extraordinaria, así como la presente convocatoria y de proveer lo conducente para garantizar los principios de legalidad, certeza, transparencia e igualdad de oportunidades en su desarrollo, además aplicará las atribuciones que prevén los Estatutos y el Reglamento de Elecciones, así como las que establezca la Convocatoria y demás ordenamientos aplicables.

Quinta. Los asistentes a la Asamblea serán registrados ante la Comisión Nacional de Elecciones, a través de su Representante, para la elaboración del padrón correspondiente.

Sexta. Las Asambleas se deberán llevar a cabo del 28 de junio al 15 de julio. El lugar, hora y su integración para su celebración lo determinará la Comisión Nacional de Elecciones, dándolos a conocer en estrados y en la página web http://www.convergencia.org.mx

Séptima. El Comité Directivo en el Estado de Sonora, designará a los Representantes del partido en el distrito, quienes presidirán la Asamblea que le corresponda.

Octava. La Asamblea se realizará conforme al siguiente Orden del Día:
1. Registro de Delegados.
2. Declaratoria del Quórum Legal.
3. Instalación de los Trabajos.
4. Elección de Escrutadores.
5. Elección de Delegados a la Asamblea Estatal Extraordinaria de Convergencia en Sonora.
6. Toma de Protesta.
7. Clausura.

Novena. El número de Delegados que habrán de elegirse por Asamblea conforme al punto número cinco del orden del día, señalado en la base octava de esta Convocatoria, será determinado por la Comisión Nacional de Elecciones, atendiendo los principios de equidad y certeza de acuerdo a la presencia que el partido tenga en cada distrito donde se realice la Asamblea.

Décima. A la Asamblea asistirá un Representante designado por la Comisión Nacional de Elecciones, para acreditar la asistencia de los delegados, formular el padrón de electores; así como supervisar los resultados de las elecciones realizadas en la Asamblea.


Undécima. La asistencia de los delegados de las Asambleas es personal; en consecuencia su participación es individual y su voto es intransferible, sus acuerdos se tomarán con la mayoría de sus miembros de conformidad con el artículo 62 de los Estatutos.

Duodécima. Si la Asamblea, no pudiera realizarse por falta de quórum en base a lo que establece el artículo 61 de los Estatutos, se instalará una hora más tarde, con el número de asistentes, en el mismo lugar, bajo el mismo orden del día, tomándose como favorable el resultado con la mayoría simple de los votos de los delegados.

Décima Tercera. Los considerandos y bases de la Tercera Asamblea Nacional Extraordinaria orientarán los trabajos de la presente convocatoria, cuya aplicación será atendida por la Comisión Nacional de Elecciones de acuerdo a lo dispuesto a la misma y con fundamento en los Estatutos y Reglamentos de Convergencia.

México, D.F., a 28 de junio de 2011


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